¿Qué tan fácil será abrir una nueva empresa en Guatemala?
Con las últimas reformas al Código de Comercio se avizora un panorama que alentará la incursión de nuevas empresas en la economía nacional, y probablemente acelerará el paso a la formalidad de micro y pequeñas empresas que actualmente operan en la economía informal, y que se estima alcanzan una tasa del 80 %.
Al escribir esta columna, estoy consciente de que este es un primer paso de muchos que nos hacen falta, como recordará usted, nuestro actual Código de Comercio data de la década de los setenta; sin embargo, analicemos algunos de los beneficios que estas reformas traerán para cada emprendedor que cree e invierte en Guatemala.
De los 20 artículos del decreto 18-2017, publicado el pasado 31 de octubre, que entrarán en vigencia en los primeros meses del 2018, deseo comentar los que considero relevantes para la economía local:
Respecto al Registro Mercantil:
Si usted y sus socios desean abrir una sociedad anónima, únicamente necesitarán de Q 200.00 como capital pagado inicial, reduciendo esta reforma Q 4,800.00 de la cantidad requerida actualmente.
Respecto a las patentes, se espera que el proceso de emisión y entrega se agilice, toda vez que se crea la patente electrónica, esperando que impacte en la reducción de costos y tiempo del empresario. Los procesos serán más ágiles mediante el uso de medios de comunicación electrónicos para facilitar publicaciones del Registro Mercantil, siendo algo novedoso la implementación de la firma y notificaciones electrónicas, que se espera contrarresten la costosa centralización de procesos que actualmente sufrimos todos.
En atención al registro de una sociedad mercantil, se reduce el número de días, toda vez que se establece el plazo de tres días hábiles siguientes a la publicación del edicto para las oposiciones a la inscripción de sociedades mercantiles relativas a la razón social, la denominación social o el nombre comercial.
Respecto al empresario individual, se facilita su inscripción a través de la implementación de un formulario electrónico que ahorrará recursos.
Referente a las costosas publicaciones, se habilita un medio de comunicación electrónico del Registro Mercantil para facilitarlas, y cuando así ocurra, no será necesario realizar ninguna publicación en medios escritos. Esperemos que el Registro Mercantil sea eficiente para habilitar el medio electrónico requerido, sin duda, impactará en ahorro de tiempo y recursos.
Respecto a la sociedad mercantil:
Se facilita la comunicación a distancia entre los socios y la sociedad mercantil, a través del uso de las tecnologías de comunicación, con el requisito de que se especifiquen en la escritura social y se considerará que la sesión, junta o reunión, ocurrió en el lugar en que la sociedad tenga registrado su domicilio.
Se reafirma la obligación de llevar el libro de actas correspondientes, detallando requisitos para la elaboración de actas para juntas generales y actas para administración. Asimismo, abre la posibilidad de realizar actas a través de notario.
Se añade el derecho de los accionistas a formular preguntas o aclaraciones durante la celebración de las asambleas.
Como habrá notado, estos cambios, aunque breves, facilitarán la forma de crear más empresas en Guatemala, esperando que sea el inicio de cambios más profundos que se caractericen por facilidad en la tramitología y, sobre todo, que el Estado muestre confianza en sus empresarios facilitándoles su incorporación a la economía formal. El Gobierno requiere de impuestos y para incrementarlos debe facilitar la actividad empresarial.
Estemos atentos del impacto que estas reformas traerán en los indicadores: Doing Business y en el Índice de Competitividad Global.
Contador público y auditor, profesor universitario, consultor empresarial y voluntario en desarrollo económico local y competitividad.