Se ha hecho público el conflicto que existe entre las autoridades municipales y los ex encargados del Centro Intercultural de Quetzaltenango por la desaparición de bienes.
En este marco, hay que tomar en cuenta que la responsabilidad y mandatos públicos no pueden delegarse ni transferirse; por lo que se deben considerar varios factores. Existen bastedad de normas técnicas y legales que establecen los procedimientos relacionados con los bienes inventariados, por ejemplo: El manual de administración financiera municipal -MAFIM-, establece que al encargado de inventarios debe entregársele los bienes al dejar un cargo y él debe entregarlos al nuevo funcionario.
En ese sentido, cuando una persona no es funcionario, empleado o no está contratado para una institución de manera permanente no se le pueden asignar bienes ni lugar o llaves de las oficinas, ya que no tiene responsabilidad; por lo anterior es necesario antes analizar los términos en que se concedió el centro intercultural, y si la persona que firmo la tarjeta de responsabilidad era funcionario, empleado o percibía un salario con la municipalidad.
En caso contrario, la responsabilidad es el personal y autoridades que avalaron esta transferencia de bienes. También existen normas de control interno que establecen un procedimiento para recibir o asignar bienes cuando cambian de encargado, en este caso falló la auditoria interna al no hacer presencia ni realizar el inventario oportunamente, sino varios años después. También son responsables los nuevos encargados porque no se sabe si los anteriores dejaron los bienes y después se perdieron.
Además, la Contraloría General de Cuentas emitió una guía para la entrega de cargos y bienes, que se debió utilizar. Y, por último, según el Código Municipal, cada inicio de año la máxima autoridad administrativa de la municipalidad debe entregar una copia del inventario a la Contraloría General de Cuentas, de haber incluido los bienes desaparecidos existiría falsedad.