La tarde de este miércoles la madre de Walter Daniel Sical Orozco, de 28 años, Orfa Carmela Orozco, presentó en el Juzgado de Primera Instancia Penal de Quetzaltenango, zona 6, una acción constitucional de exhibición personal a favor de su hijo quien está recluido desde ayer en el Centro Preventivo San Marcos, adscrito a la Granja Penal Cantel, acusado de acoso sexual a una niña de 9 años en San Marcos.
De acuerdo con información proporcionada a este medio de comunicación, la acción fue presentada por la madre del sindicado y su abogado, inicialmente en el Juzgado de Paz de Cantel, Quetzaltenango, y posteriormente remitido al Juzgado de Instancia Penal de Xela.
La Voz de Xela tuvo acceso al expediente de la acción de exhibición personal que se encuentra en ese juzgado donde será conocida y se le dará trámite.
Walter Sical junto a su madre Orfa Carmela Orozco.¿Qué es una exhibición personal?
El recurso está contenido en la Constitución Política de la República de Guatemala en los artículos 263 y 264 que detallamos a continuación:
El artículo 263 textualmente dice: «Quien se encuentre ilegalmente preso, detenido o cohibido de cualquier otro modo del goce de su libertad individual, amenazado de la pérdida de ella, o sufriere vejámenes, aun cuando su prisión o detención fuere fundada en ley, tiene derecho a pedir su inmediata exhibición ante los tribunales de justicia, ya sea con el fin de que se le restituya o garantice su libertad, se hagan cesar los vejámenes o termine la coacción a que estuviere sujeto. Si el tribunal decretare la libertad de la persona ilegalmente recluida, ésta quedará libre en el mismo acto y lugar. Cuando así se solicite o el juez o tribunal lo juzgue pertinente, la exhibición reclamada se practicará en el lugar donde se encuentre el detenido, sin previo aviso ni notificación. Es ineludible la exhibición personal del detenido en cuyo favor se hubiere solicitado».
El artículo 264 contiene lo siguiente: «Las autoridades que ordenen el ocultamiento del detenido o que se nieguen a presentarlo al tribunal respectivo, o que en cualquier forma burlen esta garantía, así como los agentes ejecutores, incurrirán en el delito de plagio y serán sancionados de conformidad con la ley. Si como resultado de las diligencias practicadas no se localiza a la persona a cuyo favor se interpuso la exhibición, el tribunal de oficio, ordenará inmediatamente la pesquisa del caso, hasta su total esclarecimiento».
Sical Orozco estaba prófugo de la justicia desde el domingo tras ser denunciado a través de las redes sociales al quedar grabado en cámaras de seguridad intimidando y acosando sexualmente a una niña de 9 años en San Marcos, el jueves de la semana pasada.
Su orden de captura fue girada el 13 de febrero y desde ese entonces Sical había intentado burlar la persecución de las autoridades de la Policía Nacional Civil dejando abandonado su vehículo en el kilómetro 145 en la ruta a las cataratas de Chilascó, Baja Verapaz.
De acuerdo con la PNC, intentó escapar hacia esa parte del país porque es originario de Salamá, Baja Verapaz, pero residía en San Marcos.
EL PASADO DE SICAL
Sical Orozco tenía antecedentes por delitos sexuales. En redes sociales hay otros casos y denuncias en su contra, como persecuciones a mujeres y acoso sexual en el mismo vehículo azul placas P-674FQJ, que ahora podrían sumarse como querellantes en este nuevo caso.
A finales del 2017, cuando era profesor en el colegio La Asunción en San Marcos, habría hecho perder el curso de Ciencias Sociales y Formación Ciudadana a una alumna de 14 años y cuando ella acudió a la recuperación del curso, sucedieron hechos repudiables.
De acuerdo con la víctima, después del examen de recuperación le pidió que la ayudara llevando unos libros, momento que aprovechó para llevarla a los baños del colegio, donde la tocó y la intentó violar.
Por ese caso el Juzgado de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, lo condenó a cinco años de prisión conmutables por el delito de agresión sexual con agravación de la pena.