Las elecciones generales en Guatemala se acercan y con ellas llegan restricciones para el consumo de bebidas alcohólicas.
La Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) establece en su artículo 223, inciso «d», la prohibición del expendio, distribución y consumo de licores y bebidas alcohólicas en lugares públicos en las horas previas y posteriores a la fiesta cívica.
A partir de las 12 horas del día previo a las elecciones, sábado 24 de junio, queda prohibida la venta y el consumo de licor en todo el país. Esta restricción se extiende hasta seis horas después de la conclusión de las elecciones: el lunes 26 de junio.
Durante las elecciones de 2019, la Policía Nacional Civil (PNC) reportó la detención de 600 personas en todo el territorio nacional por no respetar la ley seca. Los departamentos con incidencia fueron Escuintla, San Marcos y Guatemala.
Para garantizar el cumplimiento de la ley, el Organismo Ejecutivo emitió el Acuerdo Gubernativo 56-2022 el 2 de marzo de 2022. Este acuerdo establece multas de Q100 mil y el inicio del procedimiento de cancelación de la patente, licencia o permiso para los establecimientos comerciales que no respeten las horas de la ley seca. Además, las personas que incumplan estas restricciones y sean detectadas consumiendo bebidas alcohólicas en los establecimientos comerciales podrán ser multadas con Q5 mil.
Los detenidos por incumplir la ley seca se enfrentan a sanciones penales según el artículo 495 del Código Penal, que contempla un arresto de quince a treinta días para aquellos que violen las disposiciones relacionadas con la seguridad común, el orden público o la salud pública.
La Policía Nacional Civil (PNC) es la institución encargada de velar por el cumplimiento de la ley seca
La PNC estará atenta y lista para garantizar el cumplimiento de esta regla y preservar la integridad del proceso electoral.