“Escrito elevado por doña Dolores Rivera Viuda de Aparicio ante la Asamblea Legislativa en contra del Diputado Coronel Roque Morales. Año 1898”
Doña Dolores Rivera viuda de Aparicio inició un proceso contra el Diputado Coronel Roque Morales, acusándole de ser responsable del fusilamiento de su esposo Juan Aparicio Mérida, y del Licenciado Sinforoso Aguilar, proponiendo como testigos oculares a don José Joaquín Díaz, al subteniente Justo Villagrán y a don Alberto Mayorga. El alegato presentado por doña Dolores no tuvo ningún efecto, pues el gobernante-presidente, Licenciado Manuel Estrada Cabrera estaba implicado; él mismo había urdido la trama del crimen con su achichintle Coronel Roque Morales. ¡Estrada Cabrera premió a Roque Morales nombrándolo Diputado, a pesar de haber huido de la plaza de Quetzaltenango de la que se suponía defensor! En todo caso, se incluye en la presente parte del alegato que doña Lola presentó ante la Asamblea Legislativa, de la que ya formaba parte como Diputado el Coronel Roque Morales, acusado de ser el responsable directo de los fusilamientos. Dice así el escrito: “Dolores Rivera de Aparicio, mayor de edad, con protesta de mis respetos vengo a promover ante la Asamblea Legislativa antejuicio contra el Coronel Roque Morales, toda vez que, por sarcasmo del absolutismo, ese sujeto figura entre los representantes del pueblo. Acuso al ex jefe Político de Quetzaltenango por el asesinato cometido en la persona que mi esposo, Juan Aparicio Mérida, víctima propiciatoria sacrificada al furor de un gobierno absolutista (…) Acuso al Coronel Roque Morales como autor principal de ese hecho oprobioso porque la prueba completa e irrefutable que acompaño demuestra superabundantemente que el prófugo de Quetzaltenango obró de su propia cuenta (…) Acuso al Coronel Roque Morales de haber perpetrado un gravísimo crimen puesto que, de las constancias resulta que no se practicaron diligencias, que no se esclareció ningún hecho delictivo, ni se escuchó a mi marido sino que, después de explotarlo a nombre de la autoridad constituida en la suma de quince mil pesos, se le insultó fría y cobardemente, sin permitirle ningún socorro humano. (Continúa): “A trueque de recrudecer los nunca jamás mitigados dolores, paso a relacionar los sucesos que sirvieron de pretexto para el asesinato premeditado y seguro que se cometió en la persona de mi esposo, a quien la sociedad ha justificado de antemano con sus manifestaciones de verdadera simpatía y de generosos sentimientos”.
Recuerda en su escrito doña Dolores un memorable Decreto, vigente en su momento, del 2 de marzo de 1838 que decía en su parte medular: “Todo funcionario, empleado o agente del poder público, es responsable en todo el rigor de la Ley, de los actos que ejecute contra la Constitución o contra los derechos del ciudadano, y de todo delito común que llegue a la graduación de crimen, sin que le sirva de excusa orden superior alguna, ora sea civil o militar”. Y concluye finalmente pidiendo a la Asamblea: “(…) que por el delito de asesinato perpetrado en la persona de mi esposo don Juan Aparicio Mérida, declare que hay lugar a formación de causa contra el Diputado y Coronel Roque Morales”. Fechado el 6 de Abril de 1898 y firmado: Dolores R. de Aparicio.
La Comuna Quetzalteca elevó a la Asamblea Legislativa una protesta también contundente, firmada por el excelso Alcalde Don Enecón Mora; la que en su parte contundente expresa: “(…) la Corporación Municipal herida profundamente por aquel hecho en que perdió la vida el Presidente del Ayuntamiento Licenciado Sinforoso Aguilar y uno de los vecinos más honorables como lo era don Juan Aparicio Mérida, no pudo ver con indiferencia un acto a todas luces atentatorio a la vida humana y que pugna a la civilización y al progreso; por lo que en sesión celebrada el 25 del corriente, dispuso por unanimidad de votos, interpretando así los sentimientos manifiestos del vecindario, ADHERIRSE, a las solicitudes de las señoras de Aguilar y de Aparicio y de coadyuvar con ellas en el sentido de que el hecho que denunciaron, tan afrentoso a la Nación no quede impune y la vindicta pública sea satisfecha con el ejemplar castigo que debe imponerse…..” Firma: Enecón Mora, Quetzaltenango 26 de marzo de 1898.
¡Pero no pasó nada! la Asamblea Legislativa estaba al servicio del Presidente del Ejecutivo, y éste protegió a su factótum Coronel Roque Morales. Así la historia.