Casi estamos en el límite de las fechas para el pago del Impuesto a la circulación de vehículos establecido en el Decreto Número 70-94 la Ley del Impuesto a la Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, y, en base al año y particularidades de cada vehículo el titular debe pagar un impuesto anual.
Sin embargo, existe una gran cantidad de titulares que aparecen con vehículos a su nombre pero que realmente ya no lo tienen, por esta razón es importante conocer que actualmente existe un procedimiento que facilita la realización de traspasos.
Actualmente el traspaso puede realizarse por medio de los notarios autorizados por la Superintendencia de Administración Tributaria, en éste procedimiento deben presentarse ante los notarios autorizados el comprador y el vendedor del vehículo para que el notario proceda a la verificación de documentos y legalización de firmas; para la realización de éste procedimiento es necesario que tanto el comprador como el vendedor cuenten con agencia virtual ya que a ésta agencia les llegaran las credenciales electrónicas del trámite.
La ventaja de realizarlo por medio de notario es que se ahorra las colas y hacer citas, más en tiempo de pandemia se evita las aglomeraciones por acudir a las oficinas tributarias, además aprovecha de sustituir el certificado en papel por el certificado electrónico.
En caso el vendedor haya entregado los papeles y el comprador no realiza el traspaso lo mejor es inactivar el vehículo ya que de esa manera se evitará problemas más adelante por la falta de pago del impuesto o algún evento que suceda con el vehículo que ya no le pertenece pero que está a su nombre; para inactivar vehículos es necesario tener pagados los impuestos, llenar los formularios correspondientes y presentarse a una agencia tributaria. Para realizar cualquiera de los trámites por traspaso o inactivación de vehículos es necesario que tanto comprador, vendedor o titular no estén omisos en lo que a sus obligaciones tributarias se refiere.
Otro aspecto importante a considerar antes de realizar una compra o traspaso de vehículos es verificar si tiene de multas de tránsito; principalmente en el lugar de residencia y en la ciudad capital y Mixco pueden verificarse de manera electrónica.
Por último, si el vendedor es desconocido o el comprador quiere tener seguridad de que el vehículo no es robado puede acudir a la Policía Nacional Civil para que se practique un expertaje antes de realizar el negocio. Este procedimiento consiste en que por medio de un experto la PNC verifica que el vehículo contenga en orden y legalidad los números de chasis, motor, características y placas. Para realizarlo puede hacerse cita electrónica y debe presentarse el titular con su DPI, tarjeta de circulación y título de propiedad.