A finales del mes de octubre con el registro 5641, se presentó por medio de un diputado del Congreso de la República de Guatemala, la iniciativa de ley denominada Ley de Certeza Jurídica y de Garantía Constitucional en el Proceso Penal, independientemente del nombre que se le dé a la iniciativa, el contenido de la propuesta en el capítulo I pretende modificar el decreto número 67-2001, Ley de Lavado de Dinero y otros Activos, en el capítulo II y IV pretende modificar el Decreto 26-2006 Ley Contra la Delincuencia Organizada, el capítulo III modifica el decreto número 55-2010 Ley de Extinción de Dominio, y el capitulo V modifica el decreto 51-92, Código Procesal Penal.
En los principales cambios está que el delito de lavado de dinero solo aplique a personas vinculadas al narcotráfico y terrorismo, además, que las solicitudes de información a la SIB, Registro de la Propiedad y la SAT se realicen solo bajo requerimiento de un Tribunal o Juzgado. Otra de las reformas es que los jefes, cabecillas o dirigentes de organizaciones criminales puedan acogerse a la figura de colaborador eficaz.
Además se pretende que el abuso de persecución penal por parte de fiscales del Ministerio Público sea un delito, en el Código Procesal Penal se propone que se pueda cuestionar la idoneidad de los testigos por parte del ente investigador y que las partes procesales se pronuncien antes de la prueba testimonial, además quieren que los actos de investigación serán reservados para extraños y que los medios de comunicación no podrán ingresar a grabar audiencias sino hasta el debate oral y público.
Las reformas a las leyes son normales en los países, siempre y cuando sean de aplicación general y no solo para beneficiar a determinado sector, las modificaciones que se están proponiendo en Guatemala a los decretos indicados, más que reformar pareciera que están desarmando las normas para hacerlas a la medida de funcionarios corruptos para que no se les puedan hacer acusaciones por lavado de dinero y atacar las estructuras criminales que existen en el Estado para aprovecharse de los fondos públicos, recordemos que hay delincuentes organizados también en el Estado no solo en las maras ni en las extorsiones.
Además éstas reformar disfrazan una amenaza para limitar el trabajo de fiscales e investigadores, y lo peor de todo es que pretenden reformar los delitos tipificados en el Código Procesal Penal incluso se atreven a proponer que “no” es un delito, no quieren que se tomen en cuenta las interceptaciones telefónicas y para cerrar con broche de oro y alfombra roja que el Estado no les pueda extinguir los bienes que obtienen por actos de corrupción.
Como conclusión puedo decir que es una vergüenza que el diputado que firma como ponente de ésta iniciativa de ley haya llegado al Congreso de la República de Guatemala como representante de Quetzaltenango, ya que desconoce que las leyes que pretende reformar ayudaron en su momento a mejorar la percepción de corrupción que Guatemala tenía a nivel internacional y que sería un grave error retroceder, además se estaría abriendo la puerta para que el crimen organizado también se aprovecha de las reformas a las leyes de Extinción De Dominio Y El Código Penal.