La Voz de Xela
  • Inicio
  • Noticias
  • Servicios
  • Opiniones
    • Los influyentes
  • La voz del migrante
  • Deportes
  • Social
  • Contáctanos

¿Qué es realmente el finiquito que emite la Contraloría General de Cuentas y cuándo prescribe la obligación de un funcionario?

marzo 13 2019, 13:00 Vilma del Rosario Xicará

La Contraloría General de Cuentas no extiende finiquitos hasta transcurridos 20 años, bajo el argumento del artículo 30 de la Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos que establece que el finiquito no podrá extenderse sino solamente después de haber transcurrido el plazo señalado en la ley para la prescripción, dice también, que para poder optar a un nuevo cargo público sin que se haya transcurrido el plazo de la prescripción, bastará con que presente constancia extendida por la Contraloría de que no tiene reclamación o juicio pendiente como consecuencia del cargo o cargos desempeñados anteriormente. 

Entonces, lo que la Contraloría realmente entrega es una constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos, y desde hace varios años lo que extiende no son finiquitos de Probidad o de Cuentas, sino constancias de no tener reparos, hallazgos o juicios de cuentas pendientes de desvanecer como resultado de las auditorias.  La constancia es transitoria mientras no prescriba el tiempo establecido para que le otorguen un finiquito definitivo.

Un dato importante es que el artículo 33 del reglamento de la Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos establece que la constancia o finiquito extendido no exime de responsabilidad a la persona a cuyo favor se extendió, si con posterioridad se descubriere que existió responsabilidad administrativa, civil y/o penal en el ejercicio de su función pública en cuyo caso quedara sin efecto.

Esto no quiere decir que los finiquitos queden sin efecto de un día a otro, esto depende de la responsabilidad en que incurra el interesado, incurre en responsabilidad administrativa si la Contraloría General de Cuentas determinar que la gestión institucional de los entes o personas de la Administración Pública, no se realiza bajo criterios de probidad, eficacia, eficiencia, transparencia, economía y equidad, ya que según su ley orgánica su función es  fiscalizar y evaluar los resultados de la gestión de los organismos, instituciones, entidades y personas.

Según su ley orgánica la Contraloría General de Cuentas no puede extender finiquitos por asuntos civiles, penales, laborales, ni de cuentas como resultado de su gestión fiscalizadora, porque la norma se refiere a otras leyes y la propia ley orgánica y su reglamento, y la única ley con la que guarda relación esta institución en materia de finiquitos y constancias, es la ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos, por lo que se entiende que el único finiquito que debe extender, es el de Probidad y en todo caso de no tener sanciones pendientes de pago.

El Ministerio Público es el responsable de la persecución penal y el Organismo Judicial el responsable de establecer si existe o no responsabilidad penal por la comisión de un delito, la Contraloría General de Cuentas solo puede establecer si existe responsabilidad administrativa (sanciones o reparos), por lo que en materia de denuncias penales no puede quedar sin efecto una constancia o finiquito hasta que exista sentencia firme dictada por un Juzgador.

Para obtener un verdadero finiquito hay que esperar que prescriba la obligación según lo establece el artículo 30 de la Ley de Probidad y Responsabilidades de Empleados Públicos.

COMPARTE Y RECOMIENDA
Vilma del Rosario Xicará

Vilma del Rosario Xicará Zona holística

Contadora pública y auditora

Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
01
Jul 19:27

Lee el diario digital del viernes 1 de julio | #1207

01
Jul 10:56

Vencen contratos de trabajadores en el Hospital Temporal

01
Jul 08:00

La migración: nuestra salvación, una ilusión

01
Jul 07:00

Factura electrónica en línea, un cambio obligado en todo sentido. Parte II

30
Jun 21:53

Desfile del INVO recorre esta noche el centro histórico por sus 150 años de fundación

30
Jun 21:09

FACTURACIÓN ELECTRÓNICA | Guatemala despertará mañana sin facturas de papel

30
Jun 19:25

Lee el diario digital del jueves 30 de junio | #1206

30
Jun 19:01

Identifican a dos menores entre migrantes guatemaltecos fallecidos en Texas

30
Jun 11:17

Exalumnos del INVO realizarán desfile hoy

29
Jun 20:23

Lee el diario digital del miércoles 29 de junio | #1205

  • Directorio
  • Contáctenos

La voz de Xela

La Voz de Xela es un medio de comunicación digital en un territorio pujante y estratégico, con una economía promisoria.
Quetzaltenango es una ciudad emergente y capital del Suroccidente del país.

La Voz de Xela tiene mente global para la actuación local, dispone de redes sociales, portal de noticias y periódico digital.

Sus colores emanan de la bandera de Quetzaltenango; su isotipo es el Templete del Parque Central de Xela, sostenido por manos que representan fuerza, compromiso y participación ciudadana.

La Voz de Xela es el periódico digital de servicio con influencia.

Síguenos en instagram

[instagram-feed num=3 cols=2]

SÍGUENOS EN TWITTER

[custom-twitter-feeds]
© 2021 La Voz de Xela · Reservados todos los derechos.
Close Window

Loading, Please Wait!

This may take a second or two. Loading, Please Wait!