El Congreso de la República aprobó el Decreto 20-2018 con el objetivo, según ellos de fortalecer el emprendimiento. Vamos acá a resaltar los aspectos que a nuestro juicio son los más relevantes. De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, emprender significa: “Acometer y comenzar una obra, un negocio, un empeño, especialmente si encierran dificultad o peligro”. De acuerdo con el Medidor Global de Emprendimiento nuestro país se ubica en el segundo lugar del emprendimiento a nivel de Latinoamérica. Digno lugar para todos aquellos que se arriesgan a iniciar un negocio.
El objetivo de la ley es: “fomentar la cultura emprendedora en los ciudadanos, para estimular la creación de empresas éticas y sostenibles que contribuyan al crecimiento y desarrollo de Guatemala”, pero esto ya existe, no tiene sentido una norma jurídica para algo que es propio de los guatemaltecos. La misma necesidad ha hecho que ante la ausencia de trabajo y oportunidades se piense en iniciar un negocio. El Estado como tal no ofrece ventajas de ningún tipo para los miles de emprendedores, al contrario los requisitos para abrir negocios son complejos, pero lo peor es que a partir del primer quetzal que ingresa ya tienen que pagar impuestos.
En el artículo 4 de la Ley se enumeran los objetivos, al analizarlos constituyen una serie de sueños, lo que en una nación libre e independiente debieran de cumplirse. Son muy pocos los propósitos que se consideran viables, por ejemplo la eliminación de las barreras burocráticas, incluir en los planes de estudio la motivación a la innovación, son algunos. Sin embargo el problema más importante no se desarrolla con certeza, siendo este es el difícil acceso a financiamiento.
Todo negocio nuevo tiene como uno de sus grandes problemas el capital necesario para iniciarlo. En la Ley se dice que debe existir un financiamiento ágil y acorde a las etapas del emprendimiento, sin embargo no dice como, tampoco da alternativas. En nuestro país el sistema financiero es lento, obsoleto, pero sobretodo sumamente caro. La tasa activa del sistema financiero en promedio está en el 14%, sin embargo hay bancos que por créditos menores llega a cobrar hasta el 36%. Esto se debe a que el sistema es muy conservador, concede créditos si la persona posee una garantía o bien un record crediticio, lo que hace que más del 80 % de la población quede fuera de la posibilidad de acceder a financiamiento. Con el actual sistema financiero nacional es imposible obtener recursos financieros para proyectos innovadores cuando el emprendedor no cuenta con activos para garantizarlo.
Otro aspecto bastante discutible de la ley es la exención que otorga del Impuesto Sobre la Renta, la debilidad esta en a quien se la otorga. La Ley dice el que aporte fondos sin esperar el reembolso podrá deducir lo aportado al impuesto a pagar en el año del desembolso. Las dudas acá se centran en ¿Cómo controlar esto?, luego ¿En la clausura, cierre o liquidación a quien se devuelve el monto invertido al inicio? Más bien pareciera que se hizo una sociedad mercantil para eludir el pago de impuestos de grandes empresas. La nueva figura de sociedad mercantil es fácil de crear, con costos muy bajos, sin embargo volvemos al problema de la falta de financiamiento, quien lo tenga podrá hacer uso de la figura, y en este momento quien posee recursos son las corporación millonarias del país.
En conclusión siendo optimista muy pocos avances se tienen en beneficio de los miles de emprendedores guatemaltecos con la Ley, si de verdad se desea apoyar, basta con crear un fondo para financiarlos a tasas muy bajas de interés, con periodos de gracias sin pagarlo y con un periodo de exención de impuestos, aplicable a personas que comprueben que son de escasos recursos mediante estudios socioeconómicos.
Profesor universitario, académico, profesional de las Ciencias Económicas.