El funcionario público.
Se refiere al individuo que desempeña un cargo o puesto, por elección popular (presidente de la República, vicepresidente, diputados y alcaldes) o nombramiento (ministros, secretarios y gobernadores departamentales) de acuerdo con las leyes respectivas, ejerciendo mando, autoridad, competencia legal y representación de carácter oficial de la dependencia o entidad estatal correspondiente.
Desde el inicio de la Administración pública han sido necesarios estos individuos (funcionarios públicos), los cuales deben de reunir ciertas capacidades, habilidades, destrezas y competencias para el desempeño de sus funciones dentro de las instituciones públicas a las cuales van a prestar sus servicios de una manera eficiente y eficaz, con la vocación de servir y atender las necesidades y demandas de los ciudadanos en general.
Los funcionarios públicos son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, debiendo sujetarse a la ley y jamás superiores a ella, esto significa que los funcionarios públicos en el ejercicio de su cargo adecuaran sus acciones a lo que establece la Constitución Política de la Republica y las demás leyes de nuestro país, es decir actuaran en una forma imparcial sin preferencias y privilegios de ningún tipo.
Cuando las decisiones de los funcionarios públicos no están basadas en Ley, no son imparciales e independientes y no se respetan los límites establecidos en la misma, la sociedad cae en una ingobernabilidad para sus habitantes, aspectos que van en detrimento y desconfianza de la administración pública y del estado de derecho que debe imperar en toda sociedad moderna.
Razón por la cual los funcionarios públicos cuando son juramentados de conformidad con la Ley y están en el ejercicio del poder público podrán hacer lo que está expresamente permitido y por consiguiente los particulares todo lo que no está prohibido.
En ese sentido, cuando en el ejercicio de sus funciones incumplen con las obligaciones que la ley les impone, incurren en responsabilidades de carácter administrativo, civil y penal.
La responsabilidad administrativa, se da cuando en el desempeño del cargo de los funcionarios públicos con sus acciones u omisiones afectan principios como la legalidad, honradez, imparcialidad y eficiencia que debe observarse en la administración pública. Momento en el cual se da la responsabilidad administrativa y que genera una sanción de carácter disciplinario o en algunos casos sanciones de carácter económico por la infracción de algunas normas administrativas.
La responsabilidad civil, se da cuando el funcionario público ha causado daños patrimoniales o morales generando alguna responsabilidad que debe ser indemnizada por parte del funcionario público.
La responsabilidad penal, surge cuando el funcionario público ha cometido algún hecho que reviste las características de un delito en el cual se afecta la administración publica y por supuesto genera la imposición de una pena de prisión en la mayoría de los casos.
Por los motivos expuestos, la responsabilidad de los funcionarios públicos en el país genera consecuencias jurídicas y legales en su actuar cuando en el ejercicio del cargo se alejan de la probidad y responsabilidad que caracteriza a los funcionarios públicos, razón por la cual deben de proceder de una manera decente, honrada, responsable, objetiva e imparcial, buscando siempre el bienestar general de la población.