La fiscalización gubernamental es un proceso que comprende la práctica de actividades técnicas y legales con base a un marco de referencia, su fin es verificar que la gestión pública se realice bajo los criterios de eficiencia, eficacia y transparencia; de conformidad con las disposiciones legales aplicables. En tal sentido es preciso saber que los gobiernos locales están representados por las 341 municipalidades, y para efectos de prestar los servicios a la sociedad necesitan de fondos públicos.
Es importante tener presente que todas las Municipalidades, para cumplir con su función necesitan de las transferencias que el gobierno realiza, ya que solo por los ingresos que generan en concepto de cobro de tasas y arbitrios, resulta difícil conseguir la autosostenibilidad. Por lo que por medio de transferencias reciben fondos de diferentes fuentes.
Según el Ministerio de Finanzas Públicas al mes de agosto las Municipalidades han recibido del Situado Constitucional Q2,034,495,997.64; de IVA PAZ Q2,112,759,997.53; del Impuesto de Circulación de Vehículos Q270,738,312.07; del Impuesto al Petróleo Q118,052,688.07; y del IUSI Q 832,807.21. La municipalidad de la ciudad capital ha recibido Q160,835,238.74, siendo la que ha recibido la mayor cantidad de fondos, y la que menos ha recibido es la de San Gaspar Ixchil con un monto de Q5,881,509.03.
A lo anterior descrito hay que agregar la asignación que tienen en conjunto los 22 Consejos Departamentales de Desarrollo, que según el Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-, para el ejercicio fiscal 2018 es de Q 2,404,304,398.24, presupuesto que debe ser trasladado a las 341 unidades ejecutoras (Municipalidades); conforme al avance físico de los distintos proyectos; fondos que al 21 de septiembre de 2018 únicamente han ejecutado Q 500,195,126.35, equivalente al 23% del presupuesto vigente.
Ante este marco, es necesario que los fondos públicos sean fiscalizados y el ente rector de dicha fiscalización por mandato constitucional es la Contraloría General de Cuentas, por medio de sus equipos de auditores debidamente nombrados; esto no limita la fiscalización que puedan ejercer las diferentes Unidades de Auditoria Interna de las entidades o grupos sociales. De esta cuenta, la fiscalización debe ser técnica y objetiva basada en buenas prácticas, además de la observancia del marco legal aplicable, como el conocimiento consistente de la Ley de Contrataciones del Estado y del juicio profesional del auditor.
El parte aguas del año 2015, ha despertado un marcado interés porque la gestión pública se realice bajo los criterios de eficiencia, eficacia y transparencia, en tal sentido es preciso auditar los recursos financieros que fueron incluidos en el Plan Operativo Anual del municipio, el cual contiene los proyectos y obras que los Consejos Comunitarios de Desarrollo COCODES presentaron ante las autoridades correspondientes como necesidades.
Hay diferentes razones por las que las municipalidades son las mas señalas como focos de corrupción, por eso es importante aumentar los controles internos para disminuir el riesgo y contrarrestar las malas prácticas por acción u omisión; y para el efecto es importante fortalecer temas como el análisis, interpretación y aplicación de las diferentes leyes que se relacionen con ejecución presupuestaria, así como la observancia de las Nomas de Control Interno Gubernamental. Además de la actualización profesional, hay que tomar en cuenta que la Contraloría General de Cuentas se ha visto obligada a modernizar los procesos técnicos de fiscalización, pues ahora ya están en vigencia las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores adaptadas a Guatemala, aprobadas en el mes de septiembre de 2017, mediante Acuerdo No. A-075-2017, que obligan a realizar auditorías Financieras, de Cumplimiento y de Despeño.