Definitivamente en este mundo, nada es estático, todo evoluciona, todo cambia; es decir, los cambios son inevitables, por lo que, debemos aceptarlos y sacar provecho para ser más competentes, más dinámicos, sobre todo, responsables. Por supuesto, la mayoría nos resistimos al cambio, precisamente porque nos acomodamos a la rutina y sentimos miedo a lo desconocido, sin embargo, para llegar a cumplir objetivos, debemos caminar y seguir sorteando todos los obstáculos posibles.
En ese orden de ideas, todos los gobiernos del mundo, necesitan dinero para cumplir con sus fines y objetivos tanto sociales, humanos, etc., para el bienestar de sus habitantes, obviamente este dinero, lo obtienen por medio de impuestos a través de la población. Guatemala no es la excepción, con la única variante que, pagar impuesto en nuestro país, siempre o casi siempre ha sido muy complicado, y eso, precisamente es la apuesta del ente recaudador -SAT-, facilitar al contribuyente el pago de sus obligaciones fiscales, además, fiscalizar de una mejor manera el pago de esos impuestos.
Desde el año 2007, por medio del Acuerdo del Directorio No. 24-2007, la SAT empezó a implantar la facturación electrónica, apostando por la modernización tecnológica, además, según el ente recaudador, ayudaría a transparentar fiscalmente las operaciones de los contribuyentes, de ahí nace la primera aplicación o esquema de Facturación Electrónica de Guatemala -FACE-. Cómo no recordar el modelo e-factura, entro otros. En ese entonces, la SAT tomó como referencia, la cantidad de facturas que las empresas emitían anualmente y así, incorporarlas al sistema FACE.
Las micro y pequeñas empresas nunca pensaron que iban a ser incorporadas a este sistema, además, el uso o la disponibilidad del Internet, era un lujo y no precisamente una necesidad. Digamos, al cabo de once años de la implantación de las FACE, la SAT, empieza a tomar más en serio la incorporación de más contribuyentes a este sistema electrónico de facturación, es así como, del año 2019 a la fecha, SAT ha emitido nueve resoluciones relacionadas con la Facturación Electrónica en Línea de manera que, poco a poco ha ido incorporando a casi todos los contribuyentes a este sistema de facturación.
Con la resolución SAT-DSI-243-2019, se obliga a todos los proveedores del Estado, a incorporarse al régimen de Factura Electrónica en Línea -FEL-. Entendemos como proveedores del Estado a los contribuyentes que proveen bienes y servicios a todas las entidades del Estado y sus dependencias. Cinco meses después -21 de agosto 2019-, nuevamente la SAT emite la resolución SAT-DSI-838-2019 en la cual, decide incorporar al Régimen FEL a los contribuyentes que proveen Servicios Profesionales Individuales en General -Médicos, Abogados, Ingenieros, etc.-, a los organismos del Estado, entidades descentralizadas y autónomas, es decir, municipalidades, Academia de Lenguas Mayas de Guatemala, CONALFA, Comité Olímpico Guatemalteco, CDAG, inclusive, cualquier entidad sin fines de lucro que reciba, administre o ejecute fondos públicos, entre otros; como podemos ver, la administración tributaria, poco a poco, ha estado avanzando en la implementación de esta herramienta electrónica, obviamente, de esa manera logra mayor ingresos fiscales para las arcas del Estado.
Indudablemente, el brazo del ente recaudador cada vez alcanzaba a más contribuyentes, ahora el turno fue para los prestadores de servicios TÉCNICOS, es decir, aquellas personas que no necesariamente tienen un título universitario a nivel de licenciatura, es decir, secretarias, contadores, bachilleres, dibujantes, etc., siempre que presten servicios técnicos a los organismos del Estado sus entidades descentralizadas y autónomas, etc., esta disposición tiene su base legal en la resolución de la Superintendencia No. SAT-DSI-639-2020 de fecha dieciséis de julio de dos mil veinte, es decir, en plena pandemia COVID 19, la SAT obligó a estos contribuyentes a incorporarse al régimen FEL.
Estimado contribuyente a partir del uno de julio -quedan seis días- la incorporación al régimen FEL será obligatorio para todos los que están inscritos en el régimen general del IVA, en consecuencia, debe realizar ese cambio, pero, no se asuste ni se atormente, asesórese con expertos para que ese cambio que debe dar, sea para bien y para obtener mejores réditos, sobre todo, pagar correctamente sus impuestos, ni más ni menos, porque es mejor pagar impuestos y no consecuencias.
Recuerde: Lo único constante en la vida, es el cambio. Autor desconocido.
Contador público y auditor, docente universitario y ex alcalde comunitario.