Uno de los problemas que más preocupa a la población, es la inseguridad ciudadana. Aunque las estadísticas de algunos delitos han experimentado una tendencia a la baja, la percepción de la seguridad por parte de la población sigue siendo negativa, porque la mayoría de personas, aunque no hayan sido objeto de un hecho delictivo, viven diariamente con el temor de ser víctimas de la delincuencia común y organizada. Ello, ha determinado que los niveles de stress que padecen los habitantes en sus comunidades, vaya en aumento, con las consecuencias que implica para la salud física y mental.
El gobierno central anterior, se caracterizó por debilitar a la principal fuerza que tiene el mandato legal de proporcionar seguridad pública, como lo es la Policía Nacional Civil. Ojala que el nuevo presidente y ministro de gobernación, reviertan ese proceso y nuevamente fortalezcan a la PNC para que preste un mejor servicio a la población.
En el caso particular de Quetzaltenango en lo que va del presente siglo, como departamento y particularmente como municipio, hemos tenido un deterioro sensible en la seguridad y muy poco han hecho los diferentes gobernadores, alcaldes y la PNC, para enfrentar el problema con efectividad. Aquella ciudad tranquila, como lo fue Xela hasta el siglo pasado, donde se podía caminar tranquilamente por sus calles y avenidas, es solamente un nostálgico recuerdo.
En días recientes, por el inminente nombramiento de nuevos gobernadores departamentales, el problema de la inseguridad otra vez sale a discusión, porque se cree que la responsabilidad para su solución la tiene la gobernación departamental, lo cual no es del todo así, porque es un deber que le corresponde al ministerio de gobernación, particularmente en cuanto a formular políticas, cumplir y hacer cumplir el régimen jurídico relativo al mantenimiento de la seguridad de las personas y de sus bienes, como se establece en el artículo 36 de la Ley del Organismo Ejecutivo. Directamente la seguridad pública es responsabilidad de la Policía Nacional Civil, como se establece en el artículo 1 de su Ley, el cual prescribe que “La seguridad pública es un servicio esencial de competencia exclusiva del Estado y para ese fin se crea la Policía Nacional Civil.”, y el artículo 9 del mismo cuerpo legal, que dispone que: “La Policía Nacional Civil es la institución encargada de proteger la vida, la integridad física, la seguridad de las personas y sus bienes, el libre ejercicio de los derechos y libertades, así como prevenir, investigar y combatir el delito preservando el orden y la seguridad pública.” La PNC de acuerdo a su Ley es entonces, la organización que sucintamente tiene la responsabilidad de la protección de las personas y su patrimonio, así como, la seguridad pública.
A los gobernadores más que ser los responsables directos de la seguridad pública, les corresponde: el gobierno de los departamentos y la representación del presidente de la república. La Constitución Política de la República Guatemala, la Ley del Organismo Ejecutivo y la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, no les señala a los gobernadores taxativamente funciones en cuanto a seguridad pública. Sin embargo ello, no quiere decir que estén exentos de esa responsabilidad, porque en el inciso m) del artículo 47 de la Ley del Organismo Ejecutivo, se establece que están obligados a: “Ejercer en su departamento el control y supervisión de la Policía Nacional Civil, bajo las directrices del Ministro de Gobernación.” Está claro en la Ley entonces, que los gobernadores tienen la obligación de comprobar si la PNC está o no cumpliendo con sus deberes, particularmente, lo propuesto en los planes del ministerio de gobernación y los propios en materia de seguridad, de lo contrario la misma Ley del Organismo Ejecutivo, en los incisos f) y l) los obliga a informar directamente y sin demora a la presidencia de la república y a los ministros de Estado, sobre las anomalías o deficiencia en el cumplimiento de deberes y no solamente de la PNC sino de cualquier dependencia del gobierno.
Es obvio, que en el caso de Quetzaltenango, los gobernadores que se han sucedido en este siglo, no han cumplido con responsabilidad todos sus deberes establecidos en la Constitución Política, la Ley del Organismo Ejecutivo y la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural. Pero, qué podía esperarse, si en el proceso de nombramiento y ejercicio del cargo, lo que ha prevalecido es el nepotismo, tráfico de influencias, clientelismo, pago de deudas políticas, no así, capacidad, idoneidad, probidad y experiencia entre otros atributos.
El tema de la gobernación departamental, resulta de mucha relevancia en estos momentos, porque de un rato a otro, el presidente de la república, deberá nombrar a los gobernadores que lo representen en cada uno de los departamentos del país.
Creo que el mayor problema de un gobernador departamental, es que se trata un funcionario nombrado, lo cual lo inviste de legalidad, pero, no de legitimidad, como la que gozan los funcionarios electos popularmente. Aunque el nombramiento del gobernador, deberá hacerlo el presidente de la república tomando en consideración la terna respectiva de candidatos propuesta por el consejo departamental de desarrollo urbano y rural respectivo, como lo establece el artículo 42 de la Ley del Organismo Ejecutivo y el inciso k) del artículo 10 de la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, ello no garantiza, que la sociedad esté representada o su voluntad esté manifestada en esa propuesta.
Para la mayoría de la población, resulta un misterio quienes son los miembros de los consejos departamentales de desarrollo urbano y rural, y mucho más dudosa es, la legitimidad que se arrogan los famosos “representantes de la sociedad civil”, donde muchos son bien conocidos por perpetuarse en los cargos y otros todos unos desconocidos. Lo evidente es, que como ciudadanos, no nos sentimos representados y pensamos que no hay transparencia en esos procesos donde participan quienes han sido calificados como “representantes de la suciedad civil”.
Para el caso de la terna (de seis candidatos) que han propuesto los representantes no estatales del Consejo Departamental de Desarrollo Urbano y Rural del departamento de Quetzaltenango, la percepción de la población, manifestada en opiniones, en diferentes medios de comunicación social y especialmente en redes sociales, es que el proceso estuvo muy viciado y nada transparente, así como, con varios errores como el hecho de proponer seis candidatos y no una terna como se establece en la ley y como lo solicitó, la Secretaría General de la Presidencia de la República, por medio de la circular 04-2020, de fecha 27 de enero de 2020, dirigida al ministro de gobernación, los gobernadores departamentales y consejos departamentales de desarrollo urbano y rural.
Al no ir específicamente una nómina de tres candidatos, ¿cuál será la actitud del presidente? Si su intención es cumplir con la ley, probablemente solicite que le envíen específicamente, tres nombres de candidatos o podría suceder que ante tal informalidad, él decida nombrar a alguien diferente a los propuestos. Lo cierto es, que con ese procedimiento obsoleto y poco transparente para nombrar gobernadores, cualquiera puede llegar a ocupar el cargo. No hay que olvidar que es un funcionario de confianza del presidente.
Creo que ahora que recién ha iniciado un nuevo periodo de gobierno y de nuevo se escucha la necesidad de seguir con más reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, así como, se ha debatido la importancia de mejorar la forma en que se eligen los diputados al Congreso de la República, también, es muy necesario, que se debata sobre la importancia que tendría para nuestro sistema democrático, republicano y representativo, que se reformara el artículo 199 para que se incluya dentro de las clases de comicios y elecciones generales, la elección de gobernadores departamentales. Si eso se lograra hacer, probablemente, no terminarán los problemas, pero, estaría manifiesta la legitimidad que da la voluntad popular, en el funcionario que gobernará los departamentos y las malas experiencias con los llamados “representantes de la suciedad civil”, pasarían a la historia.
Actualmente, para optar al cargo de gobernador, el artículo 227 de nuestra Constitución Política, prescribe que para ser nombrado por el presidente de la República, deberá reunir las mismas calidades que un ministro de Estado y haber estado domiciliado durante los cinco años anteriores a su designación en el departamento para el que fuere nombrado. Las calidades que deben reunirse, se enumeran el artículo 196 de la Constitución y son: ser guatemalteco, hallarse en el goce de los derechos civiles y políticos, ser mayor de treinta años. Son cualidades mínimas, por lo que cualquiera puede ocupar el cargo, hasta un iletrado. Si vemos hacia atrás, encontramos que hubo gobernadores ilustres y otros que rayaron en crasa ineptitud, como los que han ejercido el cargo en el presente siglo, en Quetzaltenango.
Aunque la ley no lo exige, en el reciente proceso de selección de candidatos para gobernador de Quetzaltenango, se ha dado relevancia a las hojas de vida, particularmente, la trayectoria académica, pero, ¿qué pasó con los que no tenían muchos diplomas académicos, pero probablemente, sí tienen experiencia en administración pública, desarrollo y seguridad, por ejemplo?, ¿es justo dejarlos fuera o lo justo es que sean propuestos los más letrados? Les dejo las interrogaciones estimados lectores, porque para responder, hay que tomar en cuenda elementos legales, políticos, axiológicos, deontológicos y las presunciones humanas que de ello deriven, es decir, que seguramente habrá muchas respuestas o puntos de vista.
En lo particular, creo que es importante que se valore, además de los requisitos que exige la ley, la preparación académica junto a la experiencia de los aspirantes, para que quien sea nombrado, no se constituya en una figura decorativa, obstáculo para la administración pública y carga para el erario público. En la actualidad, con la cuarta revolución industrial avanzando, un mundo globalizado, con nuevas exigencias en materia de administración, desarrollo y seguridad, todo muy diferente a décadas pasadas, se requiere que el cargo de gobernador debería ser ocupado por el que mejor entienda ese contexto.
En el futuro creo que la calidad de las gobernaciones puede mejorarse sensiblemente, si por ley se exige un perfil idóneo para ser aspirante a gobernador y mejor aún, que sean electos popularmente. De esa manera, los gobernadores llegarían a ser funcionarios de Estado, legítimos, con más calidades y competencias para impulsar el desarrollo y la seguridad de sus departamentos.
A la persona que resulte nombrada como gobernador del departamento de Quetzaltenango, le deseo muchos éxitos y compromiso para desempeñar el cargo con efectividad, transparencia y probidad.
Administrador público, economista, politólogo, abogado y notario, y profesor universitario.