Todas las instituciones que reciben, manejen o administran fondos públicos deben cumplir ciertos requisitos para la entrega de fondos en calidad de donación o al realizar una colecta pública. Según la RAE una colecta pública puede definirse como una recaudación de donativos voluntarios, generalmente para fines benéficos; y una donación como la liberalidad de alguien que transmite gratuitamente algo que le pertenece a favor de otra persona que lo acepta.
En este sentido, las instituciones públicas ejecutan un presupuesto público que obtienen de los ciudadanos que tributan para que cada institución o gobierno local cumpla con sus obligaciones para con la población. Las donaciones que se hacen de este presupuesto público deben estar debidamente justificadas y amparadas para que sean de beneficio común y no particular.
Las instituciones públicas, para realizar una donación o aporte en dinero a otra persona o institución deben registrar en el sistema Sicoin GL y SIGES, el nombre y datos de identificación de la persona que recibirá ese aporte en dinero, su ubicación, objetivos de entregar ese dinero, entre otros requisitos se necesita que la persona que recibe el aporte entregue la factura correspondiente o el recibo de ingresos debidamente autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
Las personas grupos o comités que realicen colectas públicas deben llenar ciertos requisitos establecidos por el Ministerio de Gobernación a través de las gobernaciones departamentales, entre estos: tener impresos, pre numerados y autorizados recibos de ingresos, libros para la adecuada rendición de cuentas y fiscalización posterior así como tener un adecuado mecanismo de rendición de cuentas por medio de las cajas fiscales que deben autorizar para registrar todos los movimientos de ingresos y gastos que se realicen en relación con los aportes recibidos especialmente si son ingresos de instituciones públicas, ya que todas las colectas están sujetas a cumplir este procedimiento.