Como los miembros de la Comisión Nacional del Salario (CNS) no llegaron a acuerdo alguno para modificar el salario mínimo vigente, entonces será la Presidencia de la República quien tomará la decisión de aumentarlo para 2020 o mantenerlo igual que en 2018 y 2019.
Desde 2018, el salario mínimo diario es de Q90.16, lo que implica un salario mínimo mensual de Q2,742.37 más la bonificación mensual de Q250.00, un total de Q2,992.37, para los trabajadores que se desempeñan en actividades agrícolas y no agrícolas. En el caso de los trabajadores de la exportación y maquila, el salario mínimo diario desde 2018 es de Q82.46 y el mensual es de Q2,508.16, más la bonificación mensual de Q250.00 es en total Q2,758.16. En caso de que el presidente de la república decida que no hay aumento para el salario mínimo, estos serán otra vez los salarios mínimos para 2020.
Responder a la pregunta: ¿debería aumentar el salario mínimo?, no es sencillo, porque tiene una evocación que va de lo técnico (especialmente en lo jurídico y económico) hacia lo político, que implica de alguna manera estar a favor o no de la posición del sector trabajador o empleador. En lo legal, el Código de Trabajo guatemalteco, en el artículo 103 establece que “Todo trabajador tiene derecho a devengar un salario mínimo que cubra sus necesidades normales de orden material, moral y cultural y que le permita satisfacer sus deberes como jefe de familia. Dicho salario se debe fijar periódicamente…” Más adelante en el artículo 111, prescribe que se deben tomar en cuenta para la fijación del salario mínimo, las encuestas sobre costo de vida, precio de la vivienda, vestido, sustancias alimenticias de primera necesidad que consuman los trabajadores, así como las posibilidades patronales. De acuerdo con esos preceptos legales, significa que los trabajadores deberían tener un salario mínimo equivalente a lo que se denomina “costo de la Canasta Básica de Alimentos (CBA)”, que para noviembre del presente año ascendía a Q3,586.58. Mejor aún, los trabajadores para cubrir esas necesidades normales de orden material, moral y cultural deberían devengar el equivalente a lo que se denomina “costo de la Canasta Ampliada (CA)”, que para noviembre del presente año ascendía a Q8,281.18.
Como puede observarse, el salario mínimo no cubre ni el costo de la CBA, menos aún el costo de la CA. Entonces ¿Por qué no se les paga a los trabajadores esas cantidades, para que lleven un nivel de vida digno? La respuesta es que una cosa es el campo del “deber ser”, que se establece en la ley y otro es el del “ser”, es decir, los hechos reales. Resulta que, en el mundo real, hay un mercado de trabajo que está sujeto a leyes económicas, mismas que son objetivas, o sea que operan al margen de la voluntad o juicios de valor de las personas. En el mercado de trabajo el salario es un precio y se determina de acuerdo con la oferta y demanda del factor trabajo. Ello significa, que cuando hay abundancia del factor trabajo (oferta) ante una escasez de empleos (demanda), el precio (salario) tiende a la baja. De manera inversa sucede cuando el factor trabajo es escaso, por lo que su precio tiende al alza (como ciertos tipos de trabajo especializado). En nuestro país la oferta de trabajadores es mayor que la demanda y por eso, aunque el salario mínimo se aumente por disposiciones legales, siempre habrá personas que aceptarán salarios más bajos, con tal de tener empleo y obtener ingresos, aunque no les alcance para cubrir ni sus necesidades básicas. La otra alternativa, ha sido migrar para buscar oportunidades de empleo y mejor remuneración. Entonces, una cosa es que legalmente el salario se defina como “…la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del cumplimiento del contrato o de la relación de trabajo vigente entre ambos”, como lo establece el artículo 88 del Código de Trabajo y otra, que el salario realmente es un precio que se determina por el mercado de trabajo. El papel principal de la CNS y las comisiones paritarias es el de buscar un consenso acorde a lo que establece la ley y la dinámica del mercado de trabajo, para que, al momento de tomar la decisión política de modificar el salario mínimo, el beneficio sea para los trabajadores. La evidencia dice que, al no llegar a acuerdos, los “representantes de los trabajadores” y los del sector empleador, están más interesados en ellos mismos que en las necesidades de los trabajadores.
En lo personal, creo que los factores que deben tomarse primordialmente en cuenta para decidir si se aumenta o no el salario mínimo, son: la tasa de crecimiento económico, tasa de inflación y la productividad de los trabajadores. Me referiré a los dos primeros, particularmente en cuanto a su comportamiento a partir de 2009 y la evolución del salario mínimo para las actividades agrícolas y no agrícolas, que desde ese año son iguales. Es así, que de 2009 a 2019, el salario mínimo en promedio ha aumentado 5.8%, la tasa de inflación en promedio ha aumentado 3.7% y la tasa de crecimiento económico en promedio ha sido del 3.1%. Es evidente que el salario mínimo, ha crecido más rápido (a pesar de que en 2019 no hubo aumento) que la actividad económica e inflación del país. Al revisar año con año, se evidencia que la decisión de aumentar el salario mínimo ha sido reiteradamente en un porcentaje superior al crecimiento económico y nivel general de precios, al extremo que en años como 2009, cuando la inflación fue de -0.3% (o sea deflación), la tasa de crecimiento de la economía fue de 0.5%, el salario mínimo se aumentó en 6.9%. En 2011, la tasa de inflación fue de 6.2%, el crecimiento de la economía fue de 4.2% y el salario mínimo se incrementó en 13.8%.
Si se analiza el crecimiento acumulado entre 2009 y 2019, el salario mínimo se incrementó en 64%, mientras que la economía creció 34.5% y la inflación 40.3%. La evidencia estadística nos dice entonces, que el salario real, o sea el salario expresado en poder de compra, entre 2009 y 2019 se ha incrementado significativamente, a pesar de que la economía del país prácticamente ha estado estancada y que la inflación creció en menor porcentaje. Algo similar ha ocurrido con el salario mínimo de los trabajadores de la exportación y maquila.
Creo que la principal razón que justificaría un aumento al salario mínimo es la pérdida de poder de compra que provoca la inflación, por lo que, para recuperarlo, sería por medio de una indización, es decir, aumentarlo en un porcentaje igual que la tasa de inflación. La inflación acumulada a noviembre de este año es de 2.8%, por lo que probablemente, al finalizar el año sea alrededor del 3% (muy similar a la tasa de crecimiento de la economía para este año) y si el presidente, tiene la voluntad política de mantener el salario real en 2020 similar al de 2019, esa sería la tasa de referencia para incrementar el salario mínimo.
En estos momentos, tomando en cuenta que la tasa de inflación es relativamente baja y la economía está estancada, con el riesgo de que se contraiga, más importante que ajustar el salario mínimo, es propiciar el crecimiento económico sostenido, porque es la única manera de generar más fuentes de trabajo y la riqueza que permita contar con más recursos para aumentar no solamente los salarios mínimos, sino todos los salarios de la clase trabajadora. Además, antes de aumentar el salario mínimo, el ministerio de trabajo debería garantizar el cumplimiento de su pago (creo que nunca lo podrá hacer) por parte de todos los empleadores del país.
Algo que hay que tomar en cuenta también, es que no todos los empleadores pueden pagar el salario mínimo, algunos despiden gente, otros cierran el negocio, con lo cual se agrava el problema del desempleo.
Para mayor efectividad en cumplimiento de la ley y beneficio de los trabajadores, el salario mínimo no debería ser el mismo para todo el territorio nacional. Como en otros países, deberían existir varios salarios mínimos, atendiendo las modalidades de cada trabajo, las particulares condiciones de cada región del país y a las posibilidades de los empleadores en cada actividad intelectual, industrial, comercial, ganadera o agrícola, como se establece en el artículo 103 del Código de Trabajo.
Aumentar el salario mínimo, no es solamente cuestión de buenos deseos, cumplir con la ley o tener conciencia social, sino adicionalmente, hay que analizar factores objetivos, como son los económicos.
Será decisión del presidente de la república, si aumenta o no el salario mínimo. Cualquiera que sea su decisión, ojalá no genere más costos que beneficios al país y sus habitantes.
Aprovecho este espacio, para desearle a cada uno de ustedes, que pasen una Feliz Navidad, junto a su familia y amigos.
Administrador público, economista, politólogo, abogado y notario, y profesor universitario.