Libertad de locomoción es el título del Artículo 26 de la Constitución Política de Guatemala, que indica que toda persona tiene libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional y cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley.
Sin embargo, por la emergencia ante la propagación del Covid-19 varios países han impuesto estas restricciones para contener la propagación del virus, por lo que el presidente Alejandro Giammattei decidió adoptar esta medida para evitar la movilidad de personas.
En Guatemala el presidente Alejandro Giammattei decidió e informó ayer que entre departamento se podrás circular en si, a excepción de Guatemala, Sacatepéquez, Chimaltenango, Zacapa y El Progreso, está disposición tiene vigencia hasta el lunes once de mayo.
Seguirán los controles de personal de salud para prevenir contagios. Foto: Archivo