Guatemala dentro de la estructura y organización del Estado cuenta con una serie de órganos que no dependen de los poderes constituidos (Organismo Ejecutivo, Organismo Legislativo y Organismo Judicial) aunque la elección o designación de quienes dirigen esos órganos las realiza el Organismo Legislativo a través de los Diputados al Congreso de la Republica y el Presidente de la Republica, gozan de su propia autonomía funcional, presupuestaria y tienen su propia Ley Orgánica, estos órganos cumplen una función importante dentro de la administración pública.
Dentro de estos órganos podemos mencionar a los órganos de control político como el Tribunal Supremo Electoral y el Procurador de los Derechos Humanos, los órganos de control técnico y administrativo como la Contraloría General de Cuentas y finalmente los órganos de control jurídico como lo son el Ministerio Publico y la Corte de Constitucionalidad.
Cada uno de estos órganos cumple su función dentro del Estado, estos órganos surgen posteriormente a la segunda guerra mundial, en el caso de Guatemala hacen su aparición en las constituciones de 1956 y 1965, pero se establecen plenamente ya en la Constitución Política de 1985, en donde el Tribunal Supremo Electoral y la Corte de Constitucionalidad tienen su base en una Ley de carácter Constitucional, los demás órganos están desarrollados en una Ley de carácter ordinaria.
El Tribunal Supremo Electoral es la máxima autoridad en materia electoral, es independiente y no supeditado a ningún órgano del Estado, ejerce su función de manera permanente, convoca y organiza los procesos electorales, declara el resultado y la validez de las elecciones o en su caso la nulidad parcial o total de las mismas y adjudica los cargos de elección popular.
El Procurador de los Derechos Humanos es el comisionado del Congreso de la Republica para la defensa de los Derechos Humanos que la constitución garantiza, dentro de sus facultades esta la de supervisar el buen funcionamiento y la agilización de la gestión administrativa gubernamental en materia de Derechos Humanos.
La Contraloría General de Cuenta es una institución técnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendario de los organismos del Estado, municipios y entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas, su máxima autoridad es el Contralor General de Cuentas.
El Ministerio Publico es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas, cuyos fines principales son velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país, el jefe del Ministerio Publico es el Fiscal General de la Republica y le corresponde la función de investigación y persecución penal de los delitos y es quien presenta la acusación ante los jueces, el Ministerio Publico surge con las reformas a la Constitución política de la Republica del año de 1993.
La Corte de Constitucionalidad es un tribunal permanente de jurisdicción privativa cuya función principal es la defensa del orden constitucional.
Estos órganos de control y defensa del orden constitucional son importantes para el buen funcionamiento del Estado en los tiempos modernos, con el objeto de mantener el control, la gobernabilidad y la estabilidad del país.