Según especialistas en la materia, indican que, el autor de la frase “El fin justifica los medios”, no es del escritor Nicolás Maquiavelo –italiano de la época renacentista-, sino del teólogo alemán Hermmann Busenbaum, dicha frase, fue extraída del libro en latín “Medulla theologiae moralis” escrito en el año 1645, en dicho libro el autor alemán escribió Cum finis est licitus, etiam media sunt licita, traducido al español, es: Cuando el fin es licito, también lo son los medios. (Blog.20minutos.es/Alfredo López)
Dicha frase, regularmente se le relaciona especialmente con actividades políticas o actividades especulativas, y como todos sabemos, en Guatemala, las actividades políticas para nada son éticas menos morales. Sin embargo, para ellos –los políticos- si el fin es “bueno” pues se acepta la forma o manera como se obtuvo dicho fin. A ese respecto quiero referirme en esta ocasión, sobre la necesidad que tiene el Estado de Guatemala de obtener los fondos económicos necesarios para poder cumplir con su fin constitucional. Y como todos sabemos, la institución autorizada y encargada de realizar el recaudo de los impuestos y tributos que todos debemos y tenemos que pagar, es la Superintendencia de Administración Tributaria, más conocida como SAT.
A mi manera de ver las cosas, es necesario que la Administración Tributaria amplíe la base de contribuyentes para que todos paguemos impuestos, además, combatir el contrabando, pero no el contrabando de uno, dos o cinco cajas de huevos provenientes del vecino país –México-, sino los cientos de contenedores que ingresan de países asiáticos, los cuales fueron descubiertos en el Caso la Línea, y que, hoy por hoy, sigue como que si nada dicha red de corrupción. Además, es importante combatir la evasión fiscal, pero no los “comerciantes” de los mercados cantonales o de las tiendas de las esquinas, sino, las grandes corporaciones que usan fundaciones o tienen la osadía de pedir los cinco centavos de vuelto a sus clientes, para –según ellos- hacer obra social y así de esa manera evadir el pago de impuestos. Reitero, tres aspectos importantes para recaudar más dinero: Ampliar el número de contribuyentes, combatir el contrabando y combatir la evasión fiscal.
En ese sentido, desde hace algunos meses, la Administración Tributaria viene realizando ajustes o cambios en la forma de hacer más efectiva la recaudación de impuestos, por ejemplo, el cobro del Impuesto al Valor Agregado –IVA-. En el formulario electrónico SAT – 2237 con el cual se declara el monto total de Ventas y/o servicios prestados y Compras y/o servicios adquiridos del mes, ahora es preciso, anotar y/o detallar a por lo menos diez principales proveedores –esto, en caso hubiesen más de diez proveedores-, si usted como contribuyente hace caso omiso a dicho requisito, el sistema electrónico de DECLARAGUATE, no permite el llenado del formulario de la declaración mensual de dicho impuesto, y si anota incorrectamente los datos allí solicitados, el sistema de la Administración Tributaria lo detectará y el contribuyente estará sujeto a sanción establecida en el Código Tributario, Decreto 6-91 del Congreso de la República.
Pero, ¿y qué tiene que ver la frase “El fin justifica los medios” en el ambiente fiscal del país de la eterna primavera? Pues simple, el contribuyente “Y” al reportar o listar los proveedores en el formulario SAT-2237, la Administración Tributaria tendrá a la mano y en tiempo real, insumos para poder realizar cruce de información. Establecerá si el proveedor del cliente “Y”, efectivamente reportó los ingresos obtenidos de su cliente –cliente “Y”-. El FIN por sí mismo, está bien, esto lo debieron haber hecho desde hace mucho rato, sin embargo, el MEDIO o la forma, no es legal, ya que, en la legislación fiscal vigente a la fecha, no establece o no requiere la obligatoriedad de parte del contribuyente de listar o detallar a sus proveedores en el formulario -SAT – 2237-, sin embargo, la Administración Tributaria lo está requiriendo, reitero, sin sustento legal.
Es imperativo, que el nuevo Congreso de la República el cual se instalará el 14 de enero próximo, enmiende o legalice este aspecto de las funciones de la Administración Tributaria.
Contador público y auditor, docente universitario y ex alcalde comunitario.