Por medio de la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (SVET), en coordinación con personal de la Clínica de Psicología del Centro de Atención Permanente (CAP) de Quetzaltenango se capacitó a personal del sector justicia, salud y miembros de sociedad civil sobre la trata, la exploración sexual y la ruta de denuncia.
De acuerdo con la SVET, de enero a la fecha se han conocido tres denuncias de casos de trata en el departamento, explicó Silvia Ortiz, de la clínica de Psicología del CAP.
“Es necesario sensibilizar a las personas sobre qué es la trata y la explotación sexual. Las mujeres suelen ser vulnerables pues son engañadas cuando les ofrecen mejores condiciones de vida, pero solo son explotadas sexualmente”, comentó la psicóloga.
Las mujeres que corren más riesgo de ser víctimas de esta situación son quienes tienen necesidades económicas o pasan por situaciones de desintegración familiar, pues buscan un refugio, el cual les ofrecen los tratantes, pero ellos solo buscan hacer negocio con ellas. También suelen ser víctimas los niños y niñas.
Muchas de las jóvenes que caen en estas redes suelen ser trasladas a otros países.
Acerca de la trata
De acuerdo con la SVET, en la trata de personas, el ser humano es visto por parte de los tratantes, como un objeto que puede ser comprado y vendido una y otra vez y del cual se beneficia una tercera o terceras personas; es un delito que afecta al ser humano de manera psicológica, moral y físicamente.
En Guatemala, el delito de trata de personas esta regulado en el artículo 202 ter del Código Penal.
Se encuentra establecido así: “Constituye delito de trata de personas la captación, el transporte, traslado, retención, acogida o recepción de una o más personas” “con fines de explotación. Quien cometa este delito será sancionado con prisión de ocho a dieciocho años y multa de trescientos mil a quinientos mil quetzales”.
El artículo 202 del Código Penal establece, además: “Para los fines del delito de trata de personas, se entenderá como fin de explotación: La prostitución ajena, cualquier otra forma de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, cualquier tipo de explotación laboral, la mendicidad, cualquier forma de esclavitud, la servidumbre, la venta de personas, la extracción y el tráfico de órganos y tejido humanos, el reclutamiento de personas menores de edad para grupos delictivos organizados, adopción irregular, trámite irregular de adopción, pornografía, embarazo forzado o matrimonio forzado o servil”. Estas constituyen las modalidades del delito de trata de personas.