Conoce los tres delitos por los que fue denunciado el alcalde Luis Grijalva
septiembre 23 2017, 16:24Leonel Rodas
Los concejales de oposición Roberto Soto, Gerardo Yarsebsky, Fabiola Ávila y Josué Pérez, interpusieron una denuncia en la Fiscalía Distrital del Ministerio Público (MP) en contra de Grijalva, a quien acusan de cometer abuso de autoridad, incumplimiento de deberes y concusión, por negarse a volver a discutir en sesión de Concejo el tema de la deuda con el Instituto Nacional de Electrificación (INDE) y a informar sobre juicios millonarios que han sido resueltos a favor del INDE. Sin embargo, el jefe edil negó los señalamientos.
Esto es lo que estipula el Código Penal acerca de los tres delitos que habría cometido Grijalva:
Artículo 418. Abuso de autoridad. El funcionario o empleado público que, abusando de su cargo o de su función, ordenare o cometiere cualquier acto arbitrario o ilegal en perjuicio de la administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones de este Código, será sancionado con prisión de uno a tres años.
Igual sanción se impondrá al funcionario o empleado público que usare de apremios ilegítimos o innecesarios.
Artículo 419. Incumplimiento de deberes. El funcionario o empleado público que omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto propio de su función o cargo, será sancionado con prisión de uno a tres años.
Artículo 449. Concusión. Cometen el delito de concusión:
1. El funcionario o empleado público que, directa o indirectamente o por actos simulados, se interesare en cualquier contrato u operación en que intervenga por razón de su cargo. Esta disposición es aplicable a los árbitros, peritos, contadores, tutores, albaceas y síndicos, con respecto a las funciones que como tales desempeñen.
2. El funcionario o empleado público que, con propósito de lucro, interponga su influencia para obtener una resolución de cualquier autoridad, o dictamen que debe pronunciarse ante la misma.
Los responsables serán sancionados con prisión de dos a seis años y multa de cinco mil a veinticinco mil quetzales.